Foto de archivo
 

 

La Coordinación General de Protección Civil y Bomberos es la Primera instancia de actuación especializada para conocer de la situacion de riesgos, emergencias o desastres, la cual estará a cargo de un Coordinador General, el cual dependerá jerárquicamente de la Secretaría General. (Art. 21 del RPC Municipal).

 Para el desarrollo de sus facultades y atribuciones, La Coordinación General de Protección Civil y Bomberos, estará conformada por la Dirección de Protección Civil y la Dirección de Bomberos, quienes a su vez, tienen los departamentos necesarios para el cumplimiento de las ordenanzas en materia de Protección Civil y la Atención de Emergencias.

 La Dirección de Protección Civil para el cumplimiento de sus funciones, está conformada por:

a)      Un Director.

b)      Un Delegado Administrativo.

c)      Un Jefe del Departamento de Zonas de Alto Riesgo.

d)      Un Jefe del Departamento de Inspección y Verificación.

e)      Un Jefe del Departamento Técnico.

f)       Un Jefe del Departamento de Capacitación.

g)      Un Jefe del Departamento del Centro de Comunicaciones y Monitoreo.

h)      Un Responsable de Enlace de Calidad.

i)        Inspectores de Verificaciones.

j)        Capacitadores.

k)      Recepcionistas.

l)        Secretarias de Departamento.

m)   Radioperadores.

n)      Telefonistas.

o)      Personal Operativo.

La Dirección de Bomberos para el cumplimiento de sus funciones, está conformada por:

a)      Un Director o Comandante.

b)      Bomberos oficiales de Guardia.

c)      Un Jefe de Paramédicos.

d)      Paramédicos.

e)      Radioperadores.

f)       Bomberos Mecánicos.

g)      Bomberos.

h)      Secretarias.

 

Facultades y Atribuciones del Titular de la Coordinación General de Protección Civil y Bomberos

a)      Identificar y diagnosticar los riesgos a los que está expuesta la población del Municipio y mantener actualizado el Atlas Municipal de Riesgos:

b)      Aplicar y ejecutar el Programa Municipal y los programas específicos de Protección Civil;

c)       Instrumentar un sistema de seguimiento y evaluación de los servicios e informar al Consejo Municipal y al Cabildo del Ayuntamiento sobre sus funciones y avances;

d)      Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, según determine el Presidente del Consejo Municipal, formulando el orden del día y el acta correspondiente;

e)      Establecer y mantener la coordinación con dependencias, instituciones y organismos del sector público, social y privado involucrados en tareas de Protección Civil, así como con los de Municipios colindantes;

f)       Promover la participación social e integración de grupos voluntarios al Sistema Municipal;

g)      Fomentar la cultura de Protección Civil a través de la realización de eventos, campañas de difusión y capacitación;

h)      Formular el análisis y evaluación preliminar de los daños en caso de emergencia o desastre, e informar al Presidente Municipal;

i)        Establecer los mecanismos de comunicación y coordinación tanto, en situación normal como en caso de emergencia, con la Subsecretaria de Protección Civil Estatal;

j)        Promover la realización de cursos, foros, pláticas, ejercicios o simulacros que permitan mejorar la capacidad de respuesta de los participantes en el Sistema Municipal;

k)      Establecer un Sistema de Información que comprenda los directorios de personas e instituciones cuyas funciones se relacionen con la Protección Civil, los inventarios de recursos humanos y materiales disponibles en caso de emergencia; así como los mapas de riesgos y archivos históricos sobre desastres ocurridos en el Municipio;

l)        Establecer comunicación con organismos o instancias especializadas que realicen acciones de monitoreo, para vigilar permanentemente la posible ocurrencia de fenómenos perturbadores en:

1)      Discotecas, salones de fiestas, restaurantes, centrales de autobuses, instalaciones municipales y casas de huéspedes;

2)      Tortillerías, ferreterías, tiendas de abarrotes, mercados municipales, loncherías, taquerías, tendajones y cualquier negocio pequeño que represente algún riesgo;

3)      Venta de gasolina en establecimientos no autorizados;

4)      Anuncios panorámicos, puentes peatonales, paradas del servicio urbano, alumbrado público y drenajes hidráulicos;

5)      Lienzos charros, circos o fiesta eventuales;

6)      Centros de desarrollo infantil y primario;

7)      Dispensarios y consultorios médicos;

8)      Parques vehiculares, unidades repartidoras de gas licuado de petróleo; y,

9)      Vivienda en general y cualquier construcción de riesgo menor.

10)   Coordinar las acciones del H. Cuerpo de Bomberos, y

11)   Las demás que no estén reservadas por la Ley, al Estado o a la Federación.

 

 

 
 


Horarios de atención y servicio: 24 horas del día.
Mayores Informes dudas o comentarios a los teléfonos 440  70 31 ext. 4772

     
 
 

Calle Hornitos #7 Ex-Zona Militar,
Col. Centro CP 39300
www.acapulco.gob.mx/proteccioncivil

Tel. (744) 440 70 31 - 072

 

síguenos en....

¡¡ Contáctanos !!
c31pcacapulco@gmail.com