La Subsecretaria de Seguridad Pública y Protección Civil en coordinación con la Dirección Municipal de Protección y Bomberos del Municipio de Acapulco, hacen del conocimiento las “Medidas Básicas de Seguridad y Prevención de Accidentes en Materia Pirotécnica” propuestas por el Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, las cuales son las siguientes:
RECOMENDACIONES PARA EL EJERCICIO DEL COMERCIO DE JUGUETERIA PIROTECNICA AL INTERIOR DE LAS CIUDADES REQUIERE:
- EL PERMISO EXTRAORDINARIO; autorizado por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), el cual es intransferible y vence el 31 de diciembre de cada año.
- La vitrina debe tener vidrio o mica con 6 mm de grosor ya sea mica o vidrio, extintor tipo B, colocar letreros de “NO FUMAR” y “PELIGRO”.
- Se debe negar la venta a menores.
- La venta se debe efectuar durante el día.
- No contar con instalaciones eléctricas o dispositivos que produzcan flama o chispas.
- Se prohíbe comercializar productos con alta carga pírica, tales como: pata de mula, huevo de codorniz, pata de elefante, dinamitas 3 y 4, paloma especial o demás de 3 pulgadas, vampiros, garra, super garra, el peje y otros similares.
- Comercializar únicamente la cantidad autorizada por la autoridad competente.
- Se prohíbe emplear a menores de edad para la venta de artificios pirotécnicos
