El Cabildo del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 61 fracción XXIV, 196 fracción XII, 241 G y 241 H de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero:
C O N V O C A
Abierta y públicamente a las personas interesadas a participar en el Proceso de selección y designación del Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero. conforme a las siguientes:
B A S E S
PRIMERA. CONSIDERACIONES GENERALES.
Considerando que, en términos de lo establecido en el Artículo 72 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, la Presidencia Municipal es la representante del Ayuntamiento y Jefa de la Administración Municipal, ésta, con el apoyo de la Secretaría General del Ayuntamiento y de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública será la encargada de conducir y vigilar el proceso de selección de los aspirantes a Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, por lo que verificará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad; emitirá las notificaciones respectivas y; propondrá a través del dictamen correspondiente al Pleno del Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, el nombre de los aspirantes que cumplan con el perfil idóneo para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno, para efectos de su designación por el Pleno del Cabildo en los términos previstos por la ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
Durante este proceso, la Secretaría General del Ayuntamiento podrá solicitar en cualquier momento, información o documentos adicionales, tanto a los aspirantes como a las autoridades que correspondan, con el objeto de autentificar o aclarar el contenido de los documentos aportados.
SEGUNDA. CARGO Y PERÍODO A DESIGNAR.
El procedimiento de selección y designación tiene como propósito elegir al Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, quien durará en el encargo 3 años, con derecho a ratificación hasta por un período igual a 3 años, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 241 H de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
TERCERA. REQUISITOS.
Los interesados en ocupar el cargo referido en la Base SEGUNDA, conforme a lo establecido por el Artículo 241 G de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.Ser Ciudadano Mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de la designación;
III. Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos;
IV. Haber residido en el Estado durante cinco años anteriores al día de su nombramiento;
V. Contar con experiencia de al menos cinco años en contaduría, materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades;
VI. Poseer al día de su designación, Título Profesional y Cédula Profesional en áreas económica, contable, administrativa u otra área afín a la gestión y control de recursos públicos, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello;
VII. No ser ministro de ningún culto religioso;
VIII. No haber sido dirigente de algún partido político ni postulado para cargo de elección popular dentro de los tres años anteriores a su designación, y
IX. No haber sido titular de ninguna dependencia, entidad u organismo de la Administración estatal o municipal, o representante popular federal o estatal, durante dos años previos a su designación.
CUARTA. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR.
Los aspirantes deberán entregar personalmente ante la Secretaría General, los documentos siguientes, en tres tantos:
1.- Curriculum Vitae, en el que deberán acompañar los siguientes documentos:
a) Copia simple del acta de nacimiento, exhibiendo el original para cotejo;
b) Copia simple del anverso y reverso de la Credencial de Elector vigente, exhibiendo el original para cotejo;
c) Copia certificada del Título Profesional y de la Cédula Profesional;
d) Constancia de residencia que acredite que el solicitante ha residido durante los últimos 5 años en el territorio de la Entidad;
e) Constancia de no inhabilitación;
f) Carta de no antecedentes penales expedida por la Fiscalía General del Estado de Guerrero (original con menos de tres meses de antigüedad);
g) Documento o documentos que acrediten que el aspirante se ha desempeñado en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con las materias de contaduría, materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades;
h) Declaratoria bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos previstos en las fracciones III, VII, VIII y IX del Artículo 241 G, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero; así como la aceptación de sujetarse a la Convocatoria y a las reglas establecidas en el presente procedimiento de designación. Los formatos respectivos serán expedidos por la Secretaría General del Ayuntamiento al momento del registro;
i) Resumen curricular de máximo una cuartilla, en formato de letra Arial 12, sin domicilio, teléfono ni correo electrónico, para su eventual publicación;
j) 3 fotografías a color tamaño infantil recientes;
k) Copia del comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de tres meses;
l) Ensayo de autoría del aspirante, en un máximo de 5 cuartillas, relacionado con el Sistema Anticorrupción, sus efectos e implementación en el ámbito municipal. Deberá de entregarse en versión electrónica e impresa en tres tantos, fuente Arial 12, márgenes de 2.5 centímetros e interlineado de 1.5;
m) Plan de Trabajo.
Es responsabilidad del aspirante entregar toda la documentación conforme a lo especificado en esta Convocatoria y la omisión o falsedad de cualquiera de los documentos o requisitos será responsabilidad exclusiva del mismo, la que, en su caso, será motivo de anulación de su registro.
Los aspirantes deberán llevar a cabo su registro ante la Secretaría General del Ayuntamiento, ubicada en las instalaciones del H. Ayuntamiento del Parque Papagayo, en un período no mayor de cinco días hábiles a partir de la publicación de la presente Convocatoria, en un horario de 9:00 a las 15:00 horas, en donde se recibirá la documentación requerida, integrando los expedientes individuales correspondientes.
Los aspirantes que participen en el procedimiento de selección y designación, en todo momento deberán mantener el cumplimiento de los requisitos previstos en esta Convocatoria y en las leyes aplicables. El registro de los aspirantes no genera derecho alguno salvo el de participación en el proceso de la selección correspondiente.
QUINTA. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS LEGALES.
Recibidas las solicitudes de registro y la documentación comprobatoria a que se refiere esta Convocatoria, y fenecido el término para ello, la Secretaria General del Ayuntamiento dará inicio al proceso de examinar la documentación recibida, a efecto de comenzar el procedimiento de selección de aspirantes a Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero. Al término de este proceso elaborará una lista con los nombres de los participantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en la presente Convocatoria. El listado será publicado en los Estrados del Ayuntamiento Centro y Parque Papagayo y turnado mediante oficio a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública del Ayuntamiento para el desarrollo de la siguiente etapa.
A los aspirantes que no cumplieron con la presentación de la documentación requerida se les notificará por el medio al alcance, de que su participación ha concluido y ya no pasarán a la siguiente etapa, por este incumplimiento.
SEXTA. DEL PROCEDIMIENTO DE ENTREVISTA Y LINEAMIENTOS DE SELECCIÓN DE ASPIRANTES
Los Ciudadanos que cumplan con los requisitos legales serán citados y entrevistados por la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública del Ayuntamiento, en entrevistas individuales, en sesiones públicas, en las cuales los aspirantes expondrán de manera sucinta su propuesta de Plan de Trabajo.
La Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, por medio de la Secretaría General, publicará en los Estrados del Ayuntamiento Centro y Parque Papagayo y en el portal web del Gobierno Municipal, para conocimiento de los aspirantes y de la ciudadanía, la fecha, hora y lugar en que se llevarán a cabo las entrevistas para cada uno de los aspirantes.
El proceso de entrevistas deberá de realizarse en un periodo de tres días hábiles a partir de la publicación en los Estrados del H. Ayuntamiento de la lista de aspirantes que sí cumplieron con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.
Concluido el proceso de entrevista de los aspirantes, la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública remitirá a la Secretaría General del Ayuntamiento un DICTAMEN donde se señale a los aspirantes que según el análisis de dicha Comisión cuenten con el perfil para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero, mismo que contendrá:
1.- Relación con los nombres de los aspirantes cuyas participaciones y propuestas fueron analizadas.
2.- Relación fundada y motivada con los nombres de los aspirantes que, según el análisis de la Comisión, no cuenten con el perfil para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero.
3.- Relación fundada y motivada con los nombres de los aspirantes que, según el análisis de la Comisión, sí cuenten con el perfil para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero.
Para efectos de lo anterior, el análisis para la selección de los aspirantes que cuenten con el perfil para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero deberá atender los siguientes elementos:
A) Compromiso Institucional: Entendido como el involucramiento sincero, honesto y desinteresado que siente la persona, empleado o trabajador con la institución a la cual le presta sus servicios laborales, teniendo como principios rectores de su actuar la imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza, honestidad, exhaustividad, transparencia, independencia de actuación, confidencialidad, profesionalismo, calidad humana y respeto de los derechos humanos.
B) Respeto de la paridad de género, que se actualiza con la participación igualitaria de mujeres y hombres como parte de una estrategia integral orientada a garantizar la igualdad sustantiva a través del establecimiento de las mismas condiciones, trato y oportunidades para el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y pública del País.
C) Profesionalismo y prestigio público, entendiéndose como aquél con que cuentan las personas que destacan y/o son reconocidas por su desempeño y conocimientos en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su País, Región, Entidad o Comunidad y;
D) Conocimientos en materia de auditorías financieras, administrativas, integrales y de gestión; cuenta pública, fiscalización, responsabilidad de servidores públicos y demás disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos que puedan enfocarse directa o indirectamente a la actividad del titular del órgano de control interno, en términos del Artículo 241 I de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
SÉPTIMA. VALORACIÓN CURRICULAR Y ELABORACIÓN DEL DICTAMEN FINAL
La Presidenta Municipal, con el apoyo de la Secretaria General del Ayuntamiento, con base en el DICTAMEN señalado en la Base SEXTA, en un plazo de tres días hábiles, procederá a la valoración curricular de los aspirantes que según la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública cuenten con el perfil para ocupar el cargo en base a los elementos establecidos en la presente Convocatoria. Una vez desahogada la valoración curricular, la Presidenta Municipal procederá a la elaboración de un DICTAMEN FINAL en el que propondrá cuatro aspirantes, dos hombres y dos mujeres, de aspirantes idóneos para ocupar el cargo de Titular del Órgano de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero.
OCTAVA. DE LA PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LA PROPUESTA.
El DICTAMEN FINAL al que se hace referencia en la BASE “SÉPTIMA” de la presente Convocatoria, será presentado por la Presidenta Municipal al Pleno del Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, con la finalidad de que, de la relación presentada, éste proceda a la designación del Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.
NOVENA. DESIGNACIÓN.
En la Sesión que corresponda, el Pleno del Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, en observancia del procedimiento ordenado por el Reglamento Interior del Cabildo, tomará conocimiento del DICTAMEN FINAL emitido por la Presidenta Municipal, escuchará a los aspirantes y procederá al análisis y designación de Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, mediante el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Cabildo, conforme señala el Artículo 241 G de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
DÉCIMA. DE LA TOMA DE PROTESTA.
El Ciudadano que resulte electo como Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, deberá rendir protesta ante el Pleno del Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez, Guerrero, en la misma Sesión en la que haya sido designado.
DÉCIMA PRIMERA.
Los resultados emitidos no podrán ser recurridos por los aspirantes. La designación del Titular del Órgano de Control Interno que realice el Cabildo Municipal será inatacable.
DÉCIMA SEGUNDA.
Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos de manera conjunta por la Presidenta Municipal, considerando para ello las recomendaciones que pudiera hacerle la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.
T R A N S I T O R I O S
Artículo 1º.- La Convocatoria para designar al Titular del Órgano de Control Interno del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, deberá publicarse en cuando menos dos diarios de mayor circulación en el Estado, por un espacio de dos días, y en el Portal Web del Honorable Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, Guerrero, y dársele la más amplia difusión para su conocimiento general.
Dado a los 19 días del mes de Enero del Año Dos mil veintidós, en la Sala de Cabildos “Juan R. Escudero” del Palacio Municipal del Honorable Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, Guerrero.
Atentamente
La Presidenta Municipal
Mtra. Abelina López Rodríguez
La Secretaria General del H. Ayuntamiento
Mtra. Irma Graciela Lee González